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Guía de Sexenios: 9. Derecho y Jurisprudencia

Sobre las aportaciones y su valoración

Se aceptarán aportaciones tanto ordinarias como extraordinarias. En el caso de las primeras se valorarán preferentemente artículos, libros y capítulos de libros.

Se aceptará como máximo una aportación extraordinaria. En casos de excepcional relevancia e impacto, debidamente justificados, podrán valorarse traducciones, recopilaciones legislativas anotadas o dictámenes y propuestas legislativas.

Con carácter general, se valorarán:

  • Aportaciones que desarrollen nuevas perspectivas del pensamiento jurídico.
  • Aportaciones que supongan investigaciones originales sobre la evolución histórica, social o cultural de las normas.
  • Estudios y trabajos de política jurídica y aquellos que introduzcan propuestas relevantes de perfeccionamiento de las normas.
  • Estudios y trabajos en relación con el derecho interno o internacional.
  • Estudios y trabajos que aporten conocimientos e instrumentos conceptuales y analíticos para mejorar la eficacia de las normas.
  • Análisis que ofrezcan soluciones a problemas de interpretación, lagunas y contradicciones del ordenamiento.
  • Análisis de jurisprudencia que se basen en decisiones jurisprudenciales sobre un tema o temas conexos.
  • Análisis de jurisprudencia que tengan por objeto esclarecer los criterios de actuación de los tribunales y su evolución.
  • Comentarios propositivos sobre sentencias especialmente relevantes para el entendimiento y posterior aplicación del Derecho.
  • Obras generales que se reconozcan como de referencia contrastada dentro de la disciplina o supongan un progreso en la organización de un campo temático poco estructurado.

En el caso de los artículos se valorarán preferentemente aquellas aportaciones publicadas en revistas de calidad contrastada o indexadas en bases de datos bibliográficas de reconocido prestigio o en aquellas que hayan recibido un sello o reconocimiento de calidad por un organismo independiente, así como en plataformas de publicación de resultados de investigación como Open Research Europe.

En el caso de los libros y capítulos de libros se valorará:

  • El prestigio de la editorial, de editoras/es.
  • La colección en la que se publica la obra.
  • Si la colección o el libro ha obtenido algún sello de calidad otorgado por una institución de reconocido prestigio.
  • Reseñas recibidas en las revistas científicas especializadas.

Criterios específicos

Aportaciones
Ordinarias Extraordinarias

- Libros

- Capítulos de libros

- Artículos

- Patentes

- Informes

- Trabajos técnicos o artísticos

- Exposiciones

- Excavaciones arqueológicas

- Aportaciones a congresos

- Otros

 

Evaluación positiva – Mínimos orientativos

Con carácter orientativo, se podrá obtener una evaluación positiva presentando*:

Derecho y jurisprudencia

  • Cinco aportaciones que cumplan los criterios descritos